Disponen el uso obligatorio del barbijo social en espacios públicos y privados

También se prohíbe la comercialización de barbijos quirúrgicos, elementos reservados para personal de los servicios sanitarios.

El Concejo Municipal volvió a sesionar de manera presencial.

El Concejo Municipal de Sunchales continuó en la mañana del lunes 20 de abril con la sesión extraordinaria iniciada el jueves de la semana anterior. En esta oportunidad fue realizada de manera presencial, en el recinto del cuerpo legislativo, sin la presencia de público y con los recaudos sanitarios correspondientes.

Una de las Ordenanza aprobadas, la N° 2826, dispone el uso obligatorio de elementos de protección de nariz, boca y mentón, denominado barbijo social o tapaboca, para todas las personas que circulen por la ciudad de Sunchales, hasta tanto se declaren superadas las situaciones que dan origen a la emergencia sanitaria. Asimismo, esta medida se extiende a las oficinas públicas que se encuentran prestando servicios conforme a la normativa vigente.

La norma, la cual surge de un proyecto presentado por el Ejecutivo Municipal y analizado por el Concejo en pleno, establece además el uso obligatorio de barbijo social en las oficinas privadas, comercios y cualquier otro lugar en el cual se desarrollen actividades exceptuadas del aislamiento preventivo y que concentren grupos de personas.

En el artículo tercero se prohíbe la comercialización de barbijos quirúrgicos o profesionales, tipo N° 95 o similares, a cualquier persona humana o persona jurídica que no acredite ser profesional o personal del servicio de salud.

El incumplimiento de lo dispuesto por la nueva Ordenanza -en el contexto de la emergencia sanitaria- es considerado infracción, la que será constatada por los agentes de contralor mediante el labrado del acta pertinente, dando lugar a la aplicación de una multa de entre 10 UF (cada unidad financiera es equivalente a un litro de nafta súper) hasta 100 UF, según lo disponga el Juzgado de Faltas Municipal.

También fue establecido que mientras dure el estado de emergencia sanitaria, los propietarios de locales habilitados para la atención al público deberán colocar en el ingreso al establecimiento, de forma claramente visible, un aviso estandarizado entregado por el Municipio, advirtiendo sobre la obligatoriedad de portar barbijo social en dicho lugar.

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